Póliza Jurídica de Vicios Ocultos
derivado de una construcción inmobiliaria.

Lo que necesitas saber...
Una póliza juridica de vicios ocultos en un mecánismo de defensa ante un posible vicio oculto inmobiliario, que es aquél que no es visible durante el proceso de construcción y/o inspección, y puede que no sea evidente durante años. Es decir, que no ha sido detectado durante la inspección para otorgar el Final de Obra, ni durante la inspección previa a la compraventa.
Requisitos y Documentación
Para obtener una póliza jurídica de arrendamiento, tanto arrendadores como arrendatarios deben presentar documentación que acredite su identidad, propiedad del inmueble y solvencia económica. Esto incluye identificaciones oficiales, comprobantes de propiedad o representación legal, y en algunos casos, comprobantes de ingresos o referencias personales.
Proceso de Solicitud
El proceso comienza con la presentación digital de la documentación requerida, se realiza un análisis de riesgo y se elabora la póliza ajustada a las necesidades específicas del contrato. Finalmente, ambas partes firman el documento bajo asesoramiento legal.




Para que un defecto constructivo se considere oculto, debe cumplir 3 condiciones:
Que existiera en el momento de la compraventa.
1.
2.
3.
Que el comprador no fuera consciente en el momento de la adquisición.
Que el defecto no fuera evidente a simple vista (por una persona no cualificada)

SUELOS. Levantamiento de tarima por mala colocación o humedad.
MUROS Y PAREDES. Falta de aislamiento, humedades, caída de pintura, desprendimientos de fachadas, grietas.
TECHOS. Humedades, goteras por mala impermeabilización, fisuras y grietas.
CARPINTERÍA. Mal cierre, falta de aislamiento.
PISCINA. Fugas de agua, mala impermeabilización.
INTERIORES. Mala ventilación, mala climatización, mala insonorización, ambiente insalubre.
GARAJE Y SÓTANO. Entrada de agua, capilaridad.
¿DÓNDE PUEDEN APARECER EN UNA VIVIENDA?
Los Vicios Ocultos, que aparecen al cabo del tiempo, más frecuentes son:

¿CÓMO SABER QUIÉN SERÍA EL RESPONSABLE DE LOS DEFECTOS CONSTRUCTIVOS?
Según sea el responsable que intervienen en el proceso de la construcción tienen diferentes responsabilidades frente a los propietarios, así como frente a terceras personas que adquieren la vivienda, por los daños que puedan aparecer en la misma.
En el siguiente cuadro, resumimos estas responsabilidades, así como los plazos de vigencia de las mismas:
En cualquier caso, es necesario acreditar el origen y causa de los defectos que presenta la vivienda o edificio, mediante un informe pericial riguroso y exhaustivo.
Ponemos a su disposición nuestros PERITOS ARQUITECTOS e INGENIEROS, que llevarán a cabo todos los peritajes necesarios, trámites y acuerdos con las diferentes partes.
En caso de tener que demandar por un vicio oculto en una vivienda, los profesionales con los que contamos son expertos en vicios ocultos y defectos de construcción.
De esta manera, dejando este tema a nuestros Profesionales, podremos asegurarle que una vez dictada sentencia por el juez los responsables ser harán cargo de lo correspondiente.


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